Colonia del Sacramento | Sábado 4 de Mayo de 2024 | | redaccion@coloniaya.com

Noticia del 24 de Abril de 2024

La firma Cla Sienz estaría incumpliendo la legislación laboral vigente por las denuncias de los empleados

◘ El uso de Zona Franca implica la exoneración de determinadas cargas impositivas y algunos otros beneficios. Por lo tanto, es importante que se cumplan, por lo menos, con el laudo que corresponde a cada trabajador y que se respete la normativa vigente en nuestro país.

La Junta Departamental emitió una declaración de respaldo a los trabajadores de la empresa Cla Sienz -una metalúrgica usuaria de la Zona Franca de Colonia especializada en el montaje de maquinarias que se utilizan en las plantas selectoras de frutas en varios países- quienes denunciaron que ésta no permite la agremiación de sus operarios y ha adoptado medidas arbitrarias buscando impedirla.

El viernes 23 de febrero alrededor de la mitad de los operarios decidió formar un sindicato y el lunes siguiente, 25 de febrero, se informó que quien había sido electo presidente de la gremial y otros cuatro operarios, dos de ellos delegados, estaban despedidos entonces promovieron varios diálogos con el encargado y reuniones con la empresa en el Ministerio de Trabajo, sin mayores resultados.

En principio cuatro de los cinco trabajadores despedidos fueron reincorporados a la empresa y enviados para su amparo al seguro de desempleo. Posteriormente fueron enviados al seguro de paro otros siete funcionarios debido, argumentó la empresa, a una merma en el trabajo y a que "bajaron las ventas".

En rigor, los trabajadores no habían hecho ningún reclamo, aunque venían dialogando con el encargado de planta, sin resultado alguno, para percibir lo que marca el laudo, ya que, según los trabajadores, no se cumple con los Consejos de Salarios, la semana pasada los trabajadores se reunieron con las tres bancadas de la Junta Departamental con los ediles departamentales y expusieron su situación, que luego fue planteada en Sala.

Al respecto, la Junta Departamental resolvió "manifestar su gran preocupación con los acontecimientos ocurridos en la empresa CLA SIENZ y exhortar al estricto cumplimiento de la legislación laboral vigente y a llegar a soluciones consensuadas que permitan el mantenimiento de las fuentes laborales de acuerdo a derecho respetando la libertad de agremiación", encomendando el seguimiento del tema a la comisión de Asistencia Social, Asuntos Laborales, Derechos Humanos y Género y Equidad.

Paralelamente, aprobó "hacer llegar la precedente declaración a la Dirección Nacional de Trabajo (DINATRA), a la Dirección Nacional de Empleo (DINAE) del MTSS, a la Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara de Senadores, a la Comisión de Legislación del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Representantes, al sindicato de Cla Sienz, y a la Unión Nacional de Trabajadores del Metal y Ramas Afines (UNTMRA).

Al respecto el edil departamental Gabriel Gabbiani (P. Colorado - Crece - Ciudadanos) señaló que "de acuerdo a la información proporcionada por los trabajadores, la empresa estaría incumpliendo varias leyes laborales, no tendría voluntad de diálogo y en las instancias que ha habido en el Ministerio de Trabajo habría desvirtuado los hechos en varias ocasiones".

"Sería interesante que la empresa también diera a conocer su versión de los hechos, para tener ambas campanas. No obstante, es claro que el Artículo 57 de nuestra Constitución consagra que la ley promoverá la organización de sindicatos gremiales, acordándoles franquicias y dictando normas para reconocerles personería jurídica", recordó el edil colorado, por lo que "la discriminación laboral por razones gremiales está explícitamente prohibida".

Además "está garantido el derecho de reunión pacífica y sin armas, que no podrá ser desconocido por ninguna autoridad de la República sino en virtud de una ley, y solamente en cuanto se oponga a la salud, la seguridad y el orden públicos", añadió.

"No es todo. La libertad de agremiación forma parte de la Declaración de Derechos Sociales adoptada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1948 y constituye una de los más importantes acuerdos en materia laboral emanadas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyo convenio Nº 87 la demanda y la confirma. Es un derecho que de ninguna manera debe ser profanado", culminó Gabbiani. ◘

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